El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró inadmisible el recurso constitucional de amparo interpuesto por la diputada Rosa Amalia Pilarte de López en contra de la resolución de la Comisión Nacional de Elecciones del Partido Revolucionario Moderno (PRM), que rechazó su precandidatura para la curul que actualmente ocupa, debido a las imputaciones que le hace el Misterio Público por lavado de activos provenientes del narcotráfico.
El tribunal justificó su decesión decisión en lo previsto en el artículo 70, numeral 1, de la Ley número 137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y los procedimientos constitucionales, así como el artículo 132, numeral 1, del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales por existir otras vías judiciales para reclamar los derechos, alegadamente vulnerados.
Aunque el PRM reconoce que Pilarte aún no ha sido condenada y tiene todas las garantías de derecho al debido proceso para demostrar su inocencia, explicó que tomó la decisión en el interés de “llevar candidatos que reflejen los valores de la organización.
“Nuestra organización en su accionar procura llevar llevar en sus boletas electorales a cargos de elección popular, a hombres y mujeres que no tengan procesos abiertos vinculados a delitos e infracciones de tipos penales, los cuales estos sean el reflejo de los valores y principios que enarbola”, señala la resolución.