Más de 200 fiscales han sido acreditados en las juntas electorales para asistir en los casos de crímenes y delitos de esta índole que se puedan registrar durante las elecciones municipales del domingo.
La información la ofreció el presidente de la Junta Central Electoral (JCE), Román Jáquez, durante su participación en el Almuerzo Semanal del Grupo de Comunicaciones Corripio.
Recordó que perseguir este tipo de infracciones no es competencia del órgano comicial, sino del Ministerio Público Electoral.
De acuerdo a la Ley Orgánica de Régimen Electoral (20-23), deberían haber dos fiscales especializados en la materia por provincia. “Estos casos van a los tribunales ordinarios de primera instancia en las provincias y no al Tribunal Superior Electoral (TSE), como sucedía antes”, precisó, tras destacar, que estos delitos siguen un proceso penal ordinario, pero con un procurador especializado.
Para dar seguimiento y coordinar esta jurisdicción fue designado Iván Féliz como titular de la Procuraduría Especializada contra los Delitos Electorales.
Estas infracciones y sus respectivas sanciones figuran en la ley desde el artículo 309 hasta el 320. A modo de ejemplo, el magistrado Jáquez citó el artículo 310, el cual señala que serán castigados con prisión correccional de seis meses a dos años y multa de dos a diez salarios mínimos del sector público: los que sustituyeren una boleta por otra; los que se negaren o dejaren de firmar un certificado de elección a favor de cualquier persona que tenga derecho al mismo; los que violaren las normas sobre medio ambiente en la realización de la campaña electoral, particularmente aquellas que afectan la flora, la fauna y los niveles de decibeles permitidos para la emisión de ruidos y los que violaren cualesquiera de las resoluciones que en atribuciones reglamentarias dicte la JCE.
De igual forma, los que obstaculicen a cualquier elector en el acto de votar o al dirigirse o retirarse de los colegios electorales.