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Superintendencia sube límites de coberturas de seguros de vehículos de motor

por Redacción
25 de junio de 2025
En Nacionales
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Superintendencia sube límites de coberturas de seguros de vehículos de motor
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Mediante la resolución número 5/2025, la Superintendencia de Seguros dispuso un aumento en la cobertura de los límites mínimos de seguro obligatorio de los vehículos de motor, que entrará el 1 julio próximo.

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La Superintendencia de Seguros dispuso un alza en el costo de los límites mínimos en el seguro obligatorio de los vehículos de motor, de forma que los daños a terceros ocasionados por esos vehículos aumentan y, por ende también subirán los costos de las pólizas que deberán pagar los asegurados.

Los límites mínimos de responsabilidad civil tendrán las tarifas nuevas de RD$500,000 a RD$1 millón a partir del 1 de julio próximo, que antes estaban en RD$100,000 y RD$200,000, por daños a la propiedad ajena, lesión o muerte a una persona y a más de una persona. A esto habrá que sumarle el costo de la fianza judicial.

Los seguros de motocicletas también se verán afectados, ya que en adelante pagarán RD$1,337. Los seguros de motocicletas oscilan entre RD$400 y RD$900.

La disposición, está contenida en la resolución número 5/2025, de reciente aprobación, la cual toma en consideración que esos límites no se revisaban desde hace 21 años, resultando insuficientes las coberturas que cubren las indemnizaciones de los daños a la propiedad ocasionada por terceros.

Asimismo, dice también que la actualización de los montos fue de común acuerdo con la Junta Consultiva de Seguros (Jucose), y con la Cámara Dominicana de Aseguradores y Reaseguradores (Cadoar), entidad de la cual no se pudo obtener respuesta porque su presidente está fuera del país.

Asimismo, establece que la Ley 142-02, sobre seguros y fianzas, establece en su artículo 118 que los seguros obligatorios deben contener una protección para daños de propiedad a terceros, y por lesiones corporales, “así como las consecuentes tarifas de primas mínimas que deberán suscribir las compañías aseguradoras para la emisión de pólizas sobre seguros obligatorios de vehículos de motor y remolques”.

La Superintendencia de Seguros  busca mejorar la gestión de un riesgo de interés colectivo como es un accidente ocasionado por un vehículo que afecte a un tercero y a una propiedad, y poder garantizar así la protección de los derechos de las personas.

La resolución 5/2025 que modifica y actualiza los límites mínimos de responsabilidad civil y sus correspondientes tarifas respecto al seguro obligatorio de vehículo de motor, fue emitida el pasado 23 mayo del año en curso.

“La cobertura incluye a los terceros que estén siendo transportados como pasajeros en el vehículo asegurado, siempre y cuando dicho vehículo haya sido diseñado y autorizado legalmente para el transporte de pasajeros”, dice.

Tarifas de primas

Los límites mínimos para las pólizas de seguros obligatorios “de ley”, para vehículos de hasta nueve pasajeros será de RD$500,000, RD$500,000 y RD$1 millón, mediante el pago de una prima parza automóviles y station privados de hasta cuatro cilindros, automóviles y station públicos, jeep, vanette públicos y privados hasta cuatro cilindros y 5 pasajeros de capacidad. El costo de las primas (pólizas) base también fue modificado.

Los vehículos de 10 o más pasajeros, como son los autobuses públicos y privados turísticos tendrán un límite mínimo de coberturas de RD1 millón a RD$2 millones.

En el caso de las camionetas y furgonetas el límite mínimo establecido es de RD$500,000, RD$50,000 y RD$1 millón, como cobertura por daños a la propiedad ajena, lesión o muerte a una persona y lesión o muerte a más de una persona. La prima base que deberán pagar en sus seguros de esos vehículos de carga será de RD$3,776.

Las coberturas para camiones de caja, cabezotes, tractores o patanas y los montacargas y motonetas también fueron modificadas., como también las máquinas pesadas con autopropulsión, sea sobre ruedas, sobre orugas y grúas móviles.

Las motocicletas de hasta 135 cc tendrán límites mínimos de cobertura de RD$200,000, RD$200,000 y RD$400,000. La prima base será de RD$1,337.

La resolución también abarca las coberturas de carros fúnebres, ambulancias, automóviles eléctricos, bicicleta eléctrica, patineta eléctrica, Buggy, cuatrimoto, y establece además una tabla de recargo por potencia y uso del vehículo, para lo cual precisa que lo primero a aplicar será el recargo por potencia y sobre ese resultado el recargo por uso.

Los vehículos remolcados también pagarán nuevas tarifas mínimas de responsabilidad civil, para lo cual se les aplicará la prima base, el recargo por potencia sobre el límite de la póliza por accidentes y lesiones corporales y muerte más el límite de daños a la propiedad ajena.

La disposición es de alcance general. Aplica a las aseguradoras, reaseguradoras, personas físicas y al Estado dominicano y sus instituciones autónomas y descentralizadas.

Sepa más

Sanciones

La Superintendencia de Seguros advierte que los aseguradores que comercialicen o emitan pólizas con coberturas inferiores a los límites fijados en la resolución 5/2025 y en el cobro de primas establecidas, “serán pasibles de ser económicamente sancionados “.

En su artículo 6, indica que a las tarifas de primas base y a las que resulten de los recargos por recargo, potencia o por vehículos remolcados solo se le adicionará el impuesto correspondiente.

La disposición implicará un aumento en el costo de las pólizas que deberán pagar los propietarios de vehículos de motor a partir del 1 de julio, cuando entre en vigor la referida resolución, que a su vez deroga la anterior, de fecha del 26 de diciembre del 2002, hace más de 21 años.

La Superintendencia de Seguros afirma que es misión del Estado garantizar que todas las personas que circulan en la vía pública estén adecuadamente amparadas bajo la sombrilla de un seguro en caso de accidente de tránsito, evitando situaciones en las que las víctimas de un siniestro queden desamparadas, sin posibilidad de recibir compensación por los daños sufridos.

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