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Promulgan Ley de Bien de Familia para facilitar uso de terrenos del Estado

por Redacción
15 de agosto de 2025
En Política
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Promulgan Ley de Bien de Familia para facilitar uso de terrenos del Estado
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La ley entrará en vigencia desde su promulgación y publicación

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El Poder Ejecutivo promulgó el pasado 7 de agosto la Ley 82-25 de Bien de Familia, que tiene como finalidad garantizar la seguridad jurídica del hogar.

La condición de bien de familia se otorga a aquellas propiedades en las que el Gobierno invierte recursos y protege frente a embargos o procesos judiciales que puedan comprometer la vivienda principal del núcleo familiar. 

Sin embargo, estos inmuebles tienen restricciones de uso, como la imposibilidad de venta o la incompatibilidad con otros fines que no sean residenciales.

Lo relevante de esta legislación es que establece que los inmuebles beneficiados con el Plan Nacional de Titulación de Terrenos del Estado estarán libres de la condición de bien de familia, eliminando así el impedimento para su libre disposición.

¿Cuáles propiedades se consideran bien de familia?

Por ejemplo, cuando un apartamento se entrega en calidad de donación en uno de los programas de vivienda, se mantiene la condición de bien de familia para que nadie pueda embargarlo ni arrebatárselo a las familias. 

Sin embargo, propiedades como solares o terrenos ocupados durante muchos años, en los que las mejoras han sido construidas por sus ocupantes y que, a través de programas de titulación, reciben el título por parte del Gobierno, saldrán sin la condición de bien de familia.

La ley entrará en vigencia desde su promulgación y publicación. Con su aplicación, también se busca equilibrar la protección del patrimonio con la posibilidad de acceder a créditos hipotecarios para mejoras de vivienda, locales comerciales o emprendimientos familiares.

La iniciativa fue presentada en el Salón Verde del Palacio Nacional, en una rueda de prensa encabezada por el ministro de la Presidencia, José Ignacio Paliza; el director de Bienes Nacionales y del Consejo Estatal del Azúcar, Rafael Burgos; y el director ejecutivo de la Unidad Técnica de Titulación de Terrenos del Estado, Duarte Méndez.

Según lo explicado, la norma viene a dar apoyo a las personas que han construido su casa en terrenos del Estado y que, bajo el régimen anterior, tenían limitaciones para hacer pleno uso de su propiedad.

Paliza aseguró que esta medida busca impactar a más de un millón de personas.

  • "Con esta normativa fortalecemos la protección de la vivienda fomentada por el Estado para la familia, brindando a los dominicanos la seguridad de que su hogar no podrá ser embargado ni vendido en contra de su voluntad, y al mismo tiempo abrimos la puerta a un marco más ágil y moderno para la gestión de su patrimonio a aquellos beneficiados de un terreno público titulado", expresó el ministro Paliza.

El director ejecutivo de la Unidad Técnica Ejecutora de Titulación de Terrenos del Estado, Duarte Méndez, señaló que "esta ley es fruto de un trabajo coordinado que unifica criterios y procedimientos, eliminando trabas innecesarias y ofreciendo a las familias dominicanas más claridad y seguridad jurídica sobre sus propiedades".

De su lado, el director de Bienes Nacionales, Rafael Burgos, explicó que esta ley permitirá que tanto el propietario como sus descendientes puedan contar con su título de propiedad como garantía para desenvolverse económicamente en una circunstancia crítica que requiera una solución financiera.

El bien de familia, a su vez, produce como efecto un bloqueo registral que "impide durante su vigencia la inscripción de derechos reales, cargas, gravámenes, anotaciones y cualquier afectación vinculada al inmueble".

Más sobre la pieza

La ley reconoce al bien de familia como una figura jurídica que declara ciertos inmuebles inalienables e inembargables, asegurando su conservación en beneficio del núcleo familiar.

Entre sus principales disposiciones, establece un procedimiento simplificado para la constitución del bien de familia, tanto por parte de particulares como del Estado. También incorpora mecanismos para su desafectación en casos justificados, como traslado, enfermedades graves o situaciones económicas críticas.

La normativa deroga leyes previas, algunas vigentes desde 1928 y 1968.

Asistentes

En la actividad estuvieron presentes el ministro Administrativo de la Presidencia, Andrés Bautista; el presidente del Senado, Ricardo de los Santos; el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco; el senador Cristóbal Castillo; el viceministro de la Presidencia, Roger Pujols; entre otros actores vinculados al tema, quienes respaldaron la importancia de esta reforma legal.

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