SANTO DOMINGO.– Elizabeth Silverio, quien se desempeñaba en el país como neurocientífica, sin exequatur del Ministerio de Salud Pública, podría tener una sanción de dos a 10 años de prisión, siempre y cuando se compruebe el delito.
Esto así de acuerdo con la Ley General de Salud 42-01, que establece las bases para la organización del sistema nacional de salud.
El consultor jurídico del Ministerio de Salud Pública, Luis Tolentino, informó que llevarán a la fiscalía una querella en contra de Silverio basados en la violación del artículo 156, numeral 7 de la Ley 42-01, que establece la prohibición de ejercer cualquier rama de la salud sin tener el exequatur.
“Se consideran crímenes y serán sancionados con penas de dos (2) a diez (10) años de reclusión o multas que oscilaran entre veinticinco y cincuenta veces el salario mínimo nacional establecido por la autoridad legalmente competente para ello o por la ley”, reza el artículo 156.
Además, las autoridades sanitarias se encuentran revalidando al personal que estaba trabajando en el Centro de Terapias Neurocognitivas y Psicopedagógicas KOGLAND, que no estaba habilitado por Salud Pública para la consulta psicológica e investigar si hay complicidad de los profesionales que allí laboraban.