El Senado de la República aprobó este miércoles en segunda lectura el proyecto de ley que adiciona el artículo 12 a la ley 136-03, que prohíbe el acoso o intimidación escolar «bullying», a través del Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes.
El artículo 12 bis dice que «Los niños, niñas y adolescentes, tienen el derecho de recibir educación, tal como lo establece la Constitución, y este derecho debe darse en un ámbito adecuado, lleno de paz y armonía; es por esto que se prohíbe en todas sus formas el acoso o intimidación escolar, conocido como bullying».
En el párrafo I del artículo 12 se indica que el maestro, director, personal de apoyo de la escuela o colegio, así como el alumno o padre de los alumnos que tuvieren conocimiento o sospecha de que existe acosos, están en la obligación de denunciarlo a cualquier autoridad del centro escolar y se les informará a los padres del niño, niña, o adolescente víctima del acto.
Señala la normativa, que el bullying afecta el clima de educación en los centros de enseñanzas públicos y privados, generando bajo rendimiento, fracaso escolar y molestias en el desarrollo social y emocional del afectado, provocando muchas veces una conmoción tal en la víctima, que los lleva hasta cometer suicidio.
La iniciativa, del senador Cristóbal Venerado Castillo (Hato Mayor-PRM), plantea que la comunidad educativa requiere contar con una norma que permita fortalecer la institución escolar, garantizando un espacio de socialización y desarrollo humano, la formación académica y humana de las personas, libre de toda violencia.