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¿Para qué sirve una ley de ordenamiento territorial?

por Redacción
25 de diciembre de 2021
En Opinión
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¿Para qué sirve una ley de ordenamiento territorial?
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El fin último de una ley de ordenamiento territorial y uso de suelo consiste en alcanzar la máxima armonía entre los actores sociales y la naturaleza. Así como el medio natural protege al hombre, la intervención de éste que obre en beneficio de la naturaleza.

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Porque las consecuencias de la interacción socio-política requiere de una intervención planificada y de reglas de juego claras y precisas. Esta es una forma segura de encontrar solución a los conflictos propios de ese entramado de relaciones. Solo con acciones planeadas se podrían formular las reglas que instauren un régimen de consecuencias aceptado por la mayoría de la sociedad.

Pues sectores de la sociedad civil y del gobierno nacional trabajan en la creación de la “Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso de Suelo y Asentamientos Humanos”. El proyecto está en estudio por una comisión bicameral que la encabeza Faride Raful, senadora del Distrito Nacional y Eliezer Matos, diputado.

Pero, ¿de qué sirve gastar tiempo en exigir la aprobación de una ley de ordenamiento territorial, uso de suelo y asentamientos humanos? Veamos:

En el 2010 se realizó una lucha masiva por el 4% del PIB para educación. Tan masiva que sentó ejemplo de movilización social. Tan efectiva que la presión obligó a los sectores de poder político y al gobierno a establecer el 4% del PIB para la educación.

En el ámbito municipal existen leyes como la 170-07 del Presupuesto Participativo Municipal. La 176-07 del Distrito Nacional y los municipios. Y la 166-03 Sobre los Ingresos Municipales. Esta Ley regula las transferencias financieras a los ayuntamientos y establece una escala salarial para los funcionarios electos.

¿Para qué han servido estas leyes?

Han servido para citarlas en libros, discursos, artículos de opinión y conferencias magistrales. Sirven para demostrar, con las citas extensas, la calidad técnica e intelectual de los escritores o disertantes.

Sirven, además, para ser violadas por los ciudadanos y más aún por las autoridades llamadas a hacerlas cumplir. Por ejemplo:

Los recursos del 4% del PIB a educación se emplean en construir cientos de centros educativos. Se compra el desayuno escolar y se pagan las nóminas. Los edificios de las escuelas se agrietan por cualquier temblor o una simple lluvia. Es una casualidad que cientos de estudiantes se intoxiquen al ingerir los alimentos comprados.  La leche la sustituyen por suero lácteo y el cuidado en la preparación es equivalente a la de cualquier restaurante de primera.

Y la calidad de la educación ¿para cuándo?

Los ayuntamientos simulan el Presupuesto Participativo realizando asambleas consultivas sin ton ni son. El paso del tiempo y la formalidad de las consultas va alejando de año en años los métodos que facilitan la participación. El PPM, cuando no lo regulaba la ley, era más participativo que lo que se hace hoy día.

La Constitución del 2010 estableció como prioridad del Estado el plan de ordenamiento territorial. El artículo 194 dice “… es prioridad del Estado la formulación y ejecución, mediante ley, de un plan de ordenamiento territorial que asegure el uso eficiente y sostenible de los recursos naturales …”.

Once años después el Congreso Nacional se aboca a cumplir el mandato constitucional. Los senadores, diputados y el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo están preocupados por la falta de esa Ley. Igual sucede con organizaciones influyentes de la sociedad que se pusieron pa’esa.

¿Mostraran la misma preocupación para que una vez aprobada se haga cumplir la Ley?

Por Miguel Ángel Cid

cidbelie29@gmail.com Twitter: @miguelcid1

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