LA EXENCIÓN TEMPORERA EN EL PAGO DEL IVU INCLUYE BEBIDAS CARBONATADAS, PRODUCTOS DE REPOSTERÍA Y DULCES
San Juan, Puerto Rico
El gobernador de Puerto Rico, Pedro Pierluisi, anunció la eliminación temporera del Impuesto sobre Ventas y Uso (IVU) a los alimentos preparados desdeeste próximo jueves al 6 de octubre ante la emergencia del paso del huracán Fiona.
La Determinación Administrativa 22-07 establece un periodo de Exención Temporera de IVU en alimentos preparados, comenzando a las 12:01 (04.01 GMT) del jueves, 22 de septiembre de 2022 y concluyendo a las 23.59 (03.59 GMT) del jueves, 6 de octubre de 2022, detalló Pierluisi en un comunicado de prensa
Esta es una de las acciones afirmativas que estamos tomando como gobierno para darle un alivio a los ciudadanos, mientras continuamos con la respuesta a la emergencia", expresó.
Por su parte, el secretario de Hacienda, Francisco Parés, explicó que la exención temporera en el pago del IVU incluye bebidas carbonatadas, productos de repostería y dulces, según definidos en la Sección 4010.01 del Código de Rentas Internas de Puerto Rico de 2011, según enmendado.
La exención no aplicará a la venta de bebidas alcohólicas.
En caso de que un comerciante, por acción u omisión, cobre a un consumidor el IVU en una venta de alimentos preparados, al vendedor se le obligará reembolsar inmediatamente el monto del impuesto cobrado al consumidor y quedará sujeto a lo dispuesto en la Sección 4020.08(c) del Código.