La Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) absolvió este lunes al diputado Gregorio Domínguez Domínguez de las responsabilidades que le atribuyó el Ministerio Público de ejecución ilegal de un desalojo y de la destrucción de una propiedad privada en la comunidad Punta Rucia, en Estero Hondo, en Puerto Plata.
Los jueces Francisco Antonio Jerez Mena, presidente del tribunal y Fran Soto Sánchez, por decisión mayoritaria, declararon no culpables de la acusación a Domínguez debido a que no se probaron los elementos facticos denunciados en contra del legislador perremeísta por Santiago. El fallo contó con el vote disidente de la jueza María Gil Garabito.
El tribunal es “de opinión de que no ha quedado probada la participación del imputado” en la destrucción y el desalojo de la casa de Lucila Nelly Capellán, la señora que se querelló.
La sentencia, que será leída de manera íntegra el 31 de este mes, sostiene también que las declaraciones de los testigos presentados por la parte acusadora son contradictorias.
Contrario a como señalaban los testigos y la parte acusadora, la defensa del diputado Domínguez, encabezada por el abogado Valentín Medrano, señalaban que el legislador nunca estuvo en el momento de la destrucción de la construcción y que tampoco ordenó a sus empleados a realizarla. También afirmó que demostró la titularidad de la propiedad de la parcela donde se encontraba la vivienda destruida
Los testigos sostenían que la destrucción de la casa de Nelly se llevó a cabo porque estaba ubicada en el trayecto de la carretera de un proyecto desarrollado por el legislador.






