
Igualmente, el TSA rechazó la solicitud de la SIPEN que procuraba la inadmisibilidad del recurso, al considerar que la acción presentada por Panorama es “notoriamente procedente”, al tratarse del ejercicio legítimo del derecho fundamental de acceso a la información pública.
La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) ordenó a la Superintendencia de Pensiones (SIPEN) entregar al Grupo de Medios Panorama, la información solicitada sobre las cuentas de capitalización individual inactivas regenteadas por las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).






