El Ministerio de Trabajo reitera a toda la colectividad empresarial y trabajadora de la República Dominicana que el sábado 21 de enero “Día de Nuestra Señora de la Altagracia” no se cambia y por lo tanto, no es laborable
La clase trabajadora debe reintegrarse a sus labores cotidianas el lunes 23 del mismo mes, según lo establece la Ley 139-97, atendiendo a la aplicación de los días feriados.
¿Dónde se aplica?
La celebración de esta fecha de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.
Otros días feriados de 2023
- El jueves 26 de enero, fecha en que se conmemora el natalicio de Juan Pablo Duarte, se trabaja y se cambia para el lunes 30 de enero.
- En tanto que, el lunes 27 de febrero, día de la Independencia Nacional es inamovible.
- También es inamovible, el viernes 7 de abril, Viernes Santo, festividad religiosa en que se conmemora la muerte de Jesucristo.
- Asimismo, el lunes 1 de mayo, día del Trabajo, tampoco se cambia, así como el de Corpus Christi, que es jueves 8 de junio.
- El Día de la Restauración, miércoles 16 de agosto, es inamovible, de acuerdo lo que indica el artículo 35 de la Constitución de la República, según la sentencia número 14 del 20/02/2008 de la Suprema Corte.
- El domingo 24 de septiembre, día de Nuestra Señora de las Mercedes, y el lunes 06 de noviembre, día de la Constitución, serán celebrados en sus fechas correspondientes.
- El lunes 25 de diciembre, día de Navidad o nacimiento de Jesús, no se cambia.