
El derecho a huelga está consagrado en la Constitución de la República, específicamente en el artículo 62, numeral 6, y además está reglamentado por el Código de Trabajo en los artículos 401 al 412 de la Ley 16-92.
La Asociación Dominicana de Profesores (ADP) rechazó la iniciativa impulsada por un grupo de diputados del Partido Revolucionario Moderno (PRM) que procura descontar el salario a los docentes que participen en huelgas o paros laborales.






