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Un juicio penal y una batalla patrimonial: el alcance real del auto de apertura en el caso Jet Set

por Redacción
16 de junio de 2026
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Un juicio penal y una batalla patrimonial: el alcance real del auto de apertura en el caso Jet Set
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El proceso avanza a juicio con una disputa paralela por la responsabilidad civil

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Las medidas patrimoniales alcanzan a terceros no acusados penalmente

El Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional envió a juicio a los administradores de la discoteca Jet Set Club y extendió embargos e hipotecas judiciales por 500 millones de pesos al entorno familiar y empresarial de los acusados, incluyendo a personas que no enfrentan cargos penales.

Catorce meses después de la tragedia en que murieron 236 personas y un centenar resultaron heridas, el Juzgado dictó, con 159 páginas, el auto de apertura a juicio, firmado por el juez Reymundo Antonio Mejía.

Acusados y los cargos

Los cargos contra Antonio Espaillat López y su hermana Maribel Espaillat de Bera, quien esa noche estaba al frente de la gerencia del local mientras Antonio se encontraba fuera del país, son por homicidio y heridas involuntarias por imprudencia, negligencia o inobservancia de reglamentos.

La acusación sostiene que ambos ignoraron el deterioro del edificio, toleraron modificaciones que comprometieron su estabilidad —incluyendo la remoción de columnas y la acumulación de aires acondicionados sobre un techo ya debilitado— y que la noche del siniestro, aun habiendo sido alertados de que un plafón había caído sobre un asistente, decidieron no suspender el evento.

La discoteca, fundada en 1973 por Ana Grecia López —madre de Antonio y Maribel y quien deberá responder civilmente—, operaba desde los años 90 en un antiguo cine de la avenida Independencia, a través de la sociedad Inversiones E y L S.R.L. Los gerentes autorizados a firmar eran Antonio Espaillat López y la propia Ana Grecia López.

La dimensión 

El envío a juicio era el desenlace esperado de una audiencia preliminar extendida por meses, con víctimas, querellantes y actores civiles.

El dispositivo autoriza trabar embargo conservatorio e inscribir hipoteca judicial sobre los bienes muebles, activos y valores de cuatro personas y cuatro entidades comerciales, hasta por la suma de 500 millones de pesos. El monto responde al artículo 557 del Código de Procedimiento Civil, que fija el duplo del crédito principal como base de inscripción para cubrir capital, intereses y costas. Eso implica que el tribunal considera verosímilmente reclamable una suma que ronda los 250 millones de pesos.

Las medidas alcanzan a los imputados y se extienden a Evelyn Espaillat, hermana del acusado principal y a Ana Grecia López, su madre. Ninguna de las dos figura entre los enviados a juicio por el Ministerio Público.

El tribunal las incluye, junto a las cuatro empresas, como "terceras civilmente demandadas", una figura procesal que no imputa responsabilidad penal, pero establece que podrían responder por los daños si se comprueba la culpa de los acusados.

Vínculos y argumentos 

Aunque el Ministerio Público y la mayoría de los querellantes desistieron de sus acciones y civiles contra Ana Grecia López, eso no impidió que el tribunal la incluyera como tercera civil responsable en virtud de ese vínculo societario.

La resolución señala la vinculación genérica de Evelyn Espaillat con el establecimiento, pero no precisa qué función ejerció ni qué acto concreto la conecta con la cadena de responsabilidad. Fue la propia defensa técnica quien solicitó expresamente al tribunal rechazar todas las pretensiones en su contra. Sin embargo, el tribunal constata que ella misma ejerció su derecho de defensa depositando escritos con oferta de prueba, lo que por ahora la mantiene dentro del proceso.

Bajo la lupa

Las medidas conservatorias no solo recaen sobre Inversiones E y L, la operadora directa del Jet Set. El tribunal extiende los embargos e hipotecas judiciales a los activos de Radiocadena Comercial S.R.L., Difusora Hemisferio S.R.L. e Inversiones CCEP-2 S.A., tres entidades descritas como parte del entorno empresarial de los Espaillat.

La resolución no las declara responsables del colapso. Tampoco detalla con precisión el nexo causal de cada una con los hechos. Lo que sí establece es que existe un vínculo suficiente para asegurar preventivamente sus activos en garantía de una eventual condena civil.

Al mismo tiempo, el tribunal se negó a admitir las reclamaciones civiles contra el Ayuntamiento del Distrito Nacional y el Ministerio de Obras Públicas, declarándolas inadmisibles por corresponder a la jurisdicción contencioso-administrativa. Ese límite indica que la responsabilidad estatal deberá ventilarse en otro fuero.

Un proceso que apenas comienza

Las partes tienen cinco días para comparecer y registrarse ante el tribunal del juicio. Cuando este inicie, deberán debatirse no solo la culpabilidad penal de Antonio y Maribel Espaillat, sino el alcance real de las medidas conservatorias impuestas, la legitimidad de la extensión patrimonial a familiares y sociedades no imputadas penalmente, y la eventual responsabilidad civil solidaria que el tribunal ya ha comenzado a trazar. El peritaje de la defensa, que llega a conclusiones distintas sobre las causas del colapso estructural, no fue excluido ni valorado. El tribunal reservó su admisión y debate para el juicio de fondo, donde la defensa podrá presentarlo concluido y someterlo al contradictorio.

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