
Considera que ningún tribunal tiene la facultad de convertir al TC en una instancia de envío o reenvío mediante una simple declaratoria de incompetencia
El Tribunal Constitucional (TC) dictaminó que no tiene competencia para conocer el recurso contencioso en nulidad interpuesto por la organización Justicia sin Fronteras, contra el artículo décimo tercero del reglamento de la Junta Central Electoral (JCE) que regula el registro de firmas encuestadoras y la publicación de encuestas en materia electoral, y ordenó devolver el expediente al Tribunal Superior Electoral (TSE), instancia que originalmente conocía del caso.






