El Defensor del Pueblo emplaza al Intrant a revisar estos parámetros
El Intrant defiende su política, contemplada en el Reglamento de Licencias de Conducir, por razones de seguridad vial
En los últimos días, la renovación de la licencia de conducir por un período de solo dos años para las personas mayores de 65 años cobró relevancia tras una denuncia recibida en Diario Libre. Esta disposición establece un intervalo de renovación más corto en comparación con los cuatro años aplicables a los conductores menores de esa edad.
Esta regulación, que no es nueva, está contemplada en el artículo 21 del Decreto 6-19, el cual establece el Reglamento de Licencias de Conducir. En relación al tema, el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) defendió esta medida como parte de un enfoque más amplio destinado a garantizar la seguridad vial.
La entidad señaló que las limitaciones en la renovación de licencias por más de dos años para los conductores mayores de 65 años responden a la necesidad de considerar los cambios físicos y cognitivos que pueden afectar la capacidad de conducción a medida que las personas envejecen.
Respecto a las tarifas, el director de la institución, Milton Morrison, aclaró que, aunque la licencia para mayores de 65 años tiene una vigencia de dos años, el costo de renovación es el mismo que para quienes solicitan una licencia de cuatro años, ya que las tarifas se fijan según la categoría de licencia y no por su duración.
El lector también se quejó de que, al intentar solicitar un recibo por lo que había pagado, este le fue negado y solo le entregaron el carnet de la licencia.
Pablo Ulloa emplaza al Intrant a revisar esos parámetros
El Defensor del Pueblo, Pablo Ulloa, expresó su indignación por la tarifa de renovación y por el periodo de vigencia asignado a estas licencias, lo que considera un acto discriminatorio por parte del Intrant.
En un comunicado dirigido a Milton Morrison, Ulloa expresó su preocupación, argumentando que este trato diferencial en el tarifario es injusto y vulnera el principio de igualdad consagrado en el artículo 39 de la Constitución de la República Dominicana.
Ante esta situación, Ulloa otorgó un plazo de 15 días al Intrant para que presente un informe debidamente fundamentado sobre las bases legales que sustentan la tarifa de renovación de licencias, que establece un periodo de vigencia inferior al habitual para las personas mayores de 65 años.
Asimismo, exigió que se informe sobre las medidas que se tomarán en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 39 de la Constitución, que garantiza el derecho a la igualdad, así como en las sentencias TC/0033/12 y TC/0277/23 del Tribunal Constitucional, las cuales reafirman la necesidad de respetar los derechos fundamentales y de no discriminar a ningún ciudadano por su edad.
"No es racional ni constitucional que a una persona se le discrimine por su edad y tenga que pagar por un servicio cuya vigencia en términos temporales es inferior a la regular, solo debido a su edad. En consecuencia, si por alguna razón mayor, explicada y razonablemente establecida por el legislador, y no por la autoridad administrativa, en este caso el Intrant, se tuviese que tomar una decisión, esta debe estar explicada con los criterios ya fijados por el Tribunal Constitucional", precisó Ulloa al ser consultado por Diario Libre.
Agregó que, si durante la investigación se confirma la existencia de un hecho punible, se tomarán las medidas pertinentes y se pondrá el caso en manos del Ministerio Público.