
La ley 186-07 califica estas prácticas como un delito de acción pública, la normativa dedica su artículo 125 para castigar de manera drástica este tipo de fraude
El fraude eléctrico es definido por la ley número 186-07 como la acción intencional donde se sustraiga o apropie de energía eléctrica para su propio beneficio o el de terceros mediante conexiones directas al suministro sin contrato previo con la empresa distribuidora.





